El Gobierno subvencionará hasta un máximo de 400 euros por metro cuadrado o hasta el 60% del precio de adquisición de viviendas destinadas a incrementar el parque público y social orientado al alquiler o cesión en uso.
Así lo recoge la orden publicada este sábado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que modifica el real decreto aprobado por el anterior Ejecutivo para regular el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
El Gobierno cumple así con lo dispuesto en el real decreto del pasado 31 de marzo por el que se adoptaban medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, entre los que se incluyen las nuevas ayudas al alquiler para los colectivos más vulnerables.
Mediante esta orden, el Ministerio que dirige José Luis Ábalos modifica el programa de fomento del parque de vivienda en alquiler, respetando el programa existente, pero incorporando un nuevo supuesto que posibilite destinar las ayudas a la compra de viviendas con objeto de incrementar el parque público de viviendas.
Nuevos beneficiarios
De esta forma, ahora también podrán obtener ayudas en este nuevo supuesto las viviendas que, de forma individualizada o en bloque, sean adquiridas por las administraciones públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y las entidades del tercer sector sin ánimo de lucro, con el objetivo de incrementar el parque público de viviendas destinadas al alquiler o cesión en uso social.
A su vez, entre los beneficiarios incluye ahora las administraciones públicas, los organismos públicos y otrasentidades de derecho público, así como las empresas públicas y las entidades del tercer sector sin ánimo de lucro, en el mismo supuesto de adquisición de viviendas para incrementar el parque de vivienda pública y social destinada al alquiler o cesión en uso podrán ser beneficiarios.
En concreto, estos adquirentes de viviendas podrán obtener una subvención proporcional a la superficie útil de cada vivienda, de hasta un máximo de 400 euros por metro cuadrado de superficie útil, de forma que la cuantía máxima de esta subvención no supere el 60% del precio o coste de adquisición incluidos impuestos, tasas, tributos, gastos de notaría y registro y cualquier otro gasto inherente a la adquisición.
Esta nueva medida se suma a la ya incluida en el decreto original de 2018 dirigida a los promotores de las viviendas, incluso procedentes de su rehabilitación o de la reanudación de obras de viviendas o promociones paralizadas, que pueden obtener una ayuda directa, proporcional a su superficie útil de hasta un máximo de 350 euros por metro cuadrado, sin poder superar el 50 % de la inversión de la actuación y con un límite máximo de 36.750 euros por vivienda.
Ayudas de 900 euros
Por otra parte, la orden ministerial detalla las nuevas ayudas de 900 euros durante un plazo de seis meses para los alquileres de vivienda habitual, que se concederán mediante adjudicación directa y en los supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida aconsecuencia del Covid-19, criterios a determinar por lascomunidades autónomas.
Se trata de unas ayudas compatibles con cualquier otra al alquiler que ya percibiese la persona arrendataria, incluso si fuera con cargo al propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, siempre y cuando el total de las subvenciones no supere el 100% del importe del alquiler correspondiente.
En relación con el programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, sin hogar y otras especialmente vulnerables, se podrán adjudicar de forma directa hasta 900 euros al mes para la renta del alquiler y hasta 200 euros adicionales para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básico.
Ocupación legal
Además, estas nuevas medidas aceleran la búsqueda de una solución habitacional para los afectados, cuya vulnerabilidad puede acrecentarse por la pandemia del Covid-19, en viviendas de titularidad pública, siempre dentro de la ley. Vivienda ha tenido que corregir interpretaciones equivocadas que insinuaban que la norma abría paso a la incautación de segundas viviendas y la okupación ilegal de las mismas.
La norma señala que “las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla pondrán a disposición de la persona beneficiaria una vivienda de titularidad pública, o que haya sido cedida para su uso a una administración pública, aunque mantenga la titularidad privada, adecuada a sus circunstancias en términos de tamaño, servicios y localización, para ser ocupada en régimen de alquiler, de cesión de uso, o en cualquier régimen de ocupación temporal admitido en derecho. Cuando no se disponga de este tipo de vivienda, la ayuda podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias, en los mismos regímenes”. Es decir, en régimen de alquiler, de cesión o de ocupación temporal dentro de la ley. Aunque la redacción quiz no sea la más afortunad, lo que quiere decir ese artículo es que las ayudas a esas personas vulnerables están en principio pensadas para el alquiler de viviendas públicas o cedidas a la administración, pero en caso de no estar estas disponibles, se puede facilitar la ayuda a estas personas vulnerables para un alquiler privado. Sin embargo, el uso de la palabra “ocupación” ha provocado errores en algunos.
Por último, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ya ha ordenado adelantar, mediante una transferencia urgente, 346 millones de euros correspondientes a la anualidad 2020 del Plan Estatal de Vivienda a las comunidades autónomas, a los que se añadirán otros 100 millones de euros con el mismo objeto, por lo que las comunidades autónomas ya disponen de recursos para atender todas estas ayudas.